Intercambio de información de proveedores de servicios de criptoactivos

Intercambio de información de proveedores de servicios de criptoactivos

El Director General (E) de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en ejercicio de las facultades legales vigentes, expide la presente resolución con el propósito de establecer las obligaciones, condiciones y procedimientos para el intercambio automático de información a cargo de los proveedores de servicios de criptoactivos, en cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República de Colombia y en armonía con los estándares definidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE, incorporando dichas disposiciones al marco normativo tributario, aduanero y cambiario vigente.

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